____________________________________"ridendo dicere verum" Rudolf von Ihering
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21 ago 2010

EL DERECHO A DECIDIR vs.EL NACITURUS

TENEMOS A QUIENES PREGONAN LA DEROGACIÓN DE TODOS LOS ÁRTICULOS QUE PENALIZAN EL ABORTO...
Bueno, si ya empezas tapandote la cara...

ARTICULO 85. - El que causare un aborto será reprimido:
1º Con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.
2º Con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer.
El máximum de la pena se elevará a seis años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer.
ARTICULO 86. - Incurrirán en las penas establecidas en el artículo anterior y sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo.
El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:
1º Si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
2º Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
ARTICULO 87. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que con violencia causare un aborto sin haber tenido el propósito de causarlo, si el estado de embarazo de la paciente fuere notorio o le constare.
ARTICULO 88. - Será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible. 

 EL GRITO SILENCIOSO - Dr. Bernard Nathanson









Advertencia: contiene imagenes no apta para impresionables


4 comentarios:

  1. Recien termino de ver los videos... q impresion Dios mio! Excelente la publicación Agustín, a veces hace falta llegar a este extremo para tomar conciencia!

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  2. Su:

    El documental tiene partes muy crudas, algunas de las imagenes más terribles que vi en mi vida, pero bueno en esta vida no hay que correr la vista de las cosas que no nos gustan, sino todo lo contario, mirarlas directamente y ver si podemos aportar nuestro granito de arena para que cambien.

    Este es mi humilde primer granito en este tema, esperemos que alguien a raíz de ver este video pueda reflexionar y quizas cambiar de postura frente al tema.

    Este documental tiene un plusvalor que es que el Dr. Bernard Nathanson era uno de los principales activistas pro-aborto en un comienzo y luego cambio de opinión volviendose un activista pro-vida, militando publicamente a pesar de su gran exposición que tuvo en el pasado en la postura contraria.

    Saludos,

    Agustín,-

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  3. En una entrada anterior subí la tan discutida Guia Tecnica para la Atencion Integral de Abortos No Punibles que permite la realización de un aborto con el unico requisito de la declaración jurada de que la mujer ha sido violada, lo cual esta claramente en contradiccion con lo dispuesto por el art. 86 inc 2 del Codigo Penal.

    *se puede ver haciendo click en el link a continuación:
    http://empezarderecho.blogspot.com/2010/08/no-mataras.html

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  4. El derecho a disponer del propio cuerpo es una libertad q tiene q ser reconocida a la mujer. Pero toda libertad puede ser reglada por distintas razones.
    La imposición q pesa sobre la mujer de ser siempre madre cada vez q quede embarazada - ante todo - es un mandato social q, asimismo, cuenta con un refuerzo legal desde q hay punición por su incumplimiento (aborto realizado).
    De admitir el derecho a disponer del propio cuerpo, habria q balancearlo con el derecho del varon de ser padre y el derecho a nacer de la persona en potencia.
    ¿Como se logra esto? Como siempre lo ha resuelto el legislador. Con ficciones!
    En España la mujer puede abortar dentro del primer mes de embarazo en ejercicio del derecho a disponer de su cuerpo, pero nada dice acerca del padre.
    Si a esta ficcion (de q el feto adquiere personalidad despues del 1er mes o del 2do, por ej) se la corrige agregandole el requisito de q debe contar con el consentimiento del padre (o presunto padre), no veo la razon por la cual se siga castigando a la mujer q elige no ser madre..
    Los videos son terribles, pero el efecto impresionador no me quiebra. Creo en la libertad..

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